El oficialismo llevó su proyecto de "Modernización Laboral" al Congreso. La gestión de Javier Milei busca la media sanción.
La presidenta del Senado, Victoria Villarruel, abrió la sesión a las 11:15 cuando el tablero del recinto marcó 38 presentes, uno más de los necesarios para el quórum. Conocé los principales puntos del proyecto.
La iniciativa introduce topes máximos a la indemnización, que no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio del convenio colectivo aplicable
Además, modifica el modelo de financiamiento de las mismas a través de la creación del Fondo de Cese Laboral.
"Los empleadores podrán optar por establecer un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador; en integración o no con los Fondos de Asistencia Laboral", establece el proyecto.
El fondo puede establecerse mediante convenios colectivos de trabajo y financiarse con aportes mensuales de los empleadores. El fondo de cese laboral para indemnizaciones será opcional e incluye la posibilidad de que las empresas contraten un seguro para ese fin.
Se extiende el período de prueba de tres hasta seis meses. Para los trabajadores de la modalidad agraria, el período de prueba será de ocho meses.
Se trata de pagos adicionales —ya sean fijos, variables, transitorios o permanentes— que se sitúan por encima del salario básico obligatorio y tienen como fin premiar el mérito individual del trabajador o responder a necesidades específicas de la organización.
Se trata de un salario vinculado a la productividad. Está orientado a modificar el régimen actual de negociación colectiva y los criterios de determinación del salario en la Argentina.
El texto oficialista, indica: "Mediante la negociación colectiva de actividad, rama, región, acuerdo de empresa y/o mediante acuerdo individual o decisión unilateral del empleador, podrán incorporarse, por encima de los salarios y/o conceptos de pago de carácter obligatorio otros componentes retributivos dinámicos adicionales, transitorios, fijos o variables, considerando para ello tanto: el mérito personal del trabajador como aspectos propios de la organización".
Empleador y trabajador podrían acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extras por escrito, con límites, modo de funcionamiento y un control claro de las horas trabajadas y las horas disponibles para goce.
