La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la nulidad de las elecciones realizadas en la seccional Campana de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) y también de la elección nacional que había consagrado a Abel Furlán como secretario general del gremio.
Además, ordenó el "cese inmediato" de Furlán como secretario general nacional de la UOM, junto con el resto de las autoridades electas en marzo pasado. También dejó sin efecto las designaciones realizadas por esa conducción desde su asunción.
La decisión fue tomada por la Sala VIII del tribunal laboral, que además declaró nulos los comicios realizados en la seccional Campana de la UOM, origen de una causa impulsada por la Lista Naranja, que había denunciado irregularidades en el proceso electoral desarrollado entre el 2 y el 4 de marzo de 2026.
La entidad designó como interventor judicial al abogado Alberto Biglieri por un plazo de 180 días.
En el fallo, los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González remarcaron que el proceso electoral “no garantizó una elección confiable, segura ni transparente”.
El eje central de la sentencia estuvo puesto en el mecanismo de custodia de las urnas durante los tres días que duró la votación. Según el fallo, las urnas permanecían bajo control exclusivo de la Junta Electoral seccional en la sede sindical, sin escrutinios provisorios diarios y sin garantías suficientes sobre la inviolabilidad de los votos.
La Cámara remarcó que la elección debía realizarse en una sola jornada, salvo excepciones justificadas, y consideró que la extensión del proceso durante tres días exigía controles reforzados que no existieron.
